¿Estás pensando en regularizar tu situación en España? Entonces, necesitas saber esto. El 16 de junio de 2025 cambiaron las tasas de Extranjería que hay que pagar en muchos trámites de Extranjería. Entre ellos:
- El arraigo social o sociolaboral.
- La estancia por estudios.
- Autorizaciones de trabajo.
- La tarjeta de residencia.
Estos nuevos importes han sido publicados en una norma oficial llamada Orden PJC/617/2025, y sustituyen a las tasas anteriores. Estas últimas llevaban más de 10 años sin actualizarse.

¿Qué son las tasas de Extranjería?
En la mayoría de los casos, cuando quieres presentar tu solicitud para realizar un trámite en la Oficina de Extranjería en España, debes pagar una tasa administrativa.
Las tasas son pagos obligatorios que se hacen a la Administración Pública por la prestación de un servicio concreto. En este caso, el pago sería para poder realizar los trámites relacionados con tu situación legal en España.
En otras palabras: al presentar tu solicitud en la Oficina de Extranjería, tendrás que abonar un importe. Este no garantiza que la solicitud sea aprobada; sin embargo, es necesario para realizar el trámite.
¿Cuándo entran en vigor?
Las nuevas tasas de Extranjería se publicaron en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 16 de junio de 2025. Desde ese momento, las tasas entraron en vigor.
Y si ya he iniciado el trámite… ¿Me afectan estos cambios?
Depende de cuando hayas iniciado tu trámite, estos cambios te afectarán o no. Si los iniciaste después de que entraran en vigor los nuevos cambios de Extranjería con el Nuevo Reglamento, entonces sí. Sin embargo, si iniciaste tu trámite antes del 20 de mayo de 2025 (cuando entró en vigor el Reglamento de Extranjería) los cambios no te afectarán
| Solicitud después del 20 de mayo | Solicitud antes del 20 de mayo |
| Sí se te aplicarán las nuevas tasas | No se te aplicarán las nuevas tasas |
¿Cuánto cuesta cada trámite según las nuevas tasas de Extranjería?
En función del trámite que quieras realizar, los precios pueden variar. Estos oscilan entre 0€, en el caso del más barato, llegando hasta más de 400€, con el trámite más caro. A continuación, te detallamos los precios publicados en el BOE.



¿Quién debe pagar estas tasas?
Generalmente, las tasas debe pagarlas el interesado. Por ejemplo, si vas a tramitar tu residencia, tu estancia o la renovación, deberás pagarla tú.
Excepciones en el pago de las tasas
No siempre serás tú quien deba pagarla. Hay una excepción. En el caso de solicitar el permiso de trabajo por cuenta ajena, será el empleador quien deba pagar la tasa.
En otros casos, podrás estar exento de pagarlas. Para ello, se ha de revisar el cumplimiento de los requisitos necesarios para ello. También, tendrás que justificarlo debidamente el motivo de exención al realizar el trámite. Generalmente, estas causas suelen estar relacionadas con:
- Razones humanitarias o solicitantes de protección internacional.
- Víctimas de violencia de género o de trata.
- Nacionales de países ecuatoguineanos, filipinos, iberoamericanos, andorranos, sefardíes…
- Menores de edad (según circunstancias).
Presenté mi solicitud, pero no pagué la tasa
Si iniciaste tu solicitud después del 20 de mayo y no pudiste pagar la tasa porque aún no estaban publicados los nuevos importes… Puedes y debes hacerlo ahora. Recuerda que si necesitas ayuda con el trámite, puedes solicitar una cita con nosotros y te ayudamos a gestionarlo.
¿Qué pasa si no realizo el pago de las tasas de Extranjería?
Para que la Oficina de Extranjería pueda aprobar tu trámite, debes realizar el pago del importe correspondiente. De no hacerlo, el proceso de tramitación quedará paralizado, e incluso, puede ser archivado.
Recuerda: el hecho de pagar las tasas no garantiza que se apruebe tu solicitud. Pero, es necesario para que se lleve a cabo.
¿Cómo se pagan las tasas?
Para el pago de las tasas tendrás que rellenar un formulario: el modelo 790. De este, existen varias versiones según el trámite.
Cuentas con diferentes opciones para realizar el pago: de forma telemática a través de la Agencia Tributaria o en efectivo a través de la entidad bancaria.