Si estás casado con un ciudadano español fuera de España y quieres inscribir el matrimonio extranjero para solicitar tu residencia… ¡Estás de suerte!
Ya NO necesitas inscribir tu matrimonio extranjero en España para obtener la residencia
Registro del matrimonio extranjero
Hasta la fecha, en las Oficinas de Extranjería se exigía la inscripción del matrimonio extranjero en el Registro Civil español. Esta era la única vía existente para poder acreditar ese vínculo conyugal establecido fuera de España.
Realizar este trámite generaba retrasos e incertidumbre en las personas implicadas y en sus respectivas familias. Sin embargo, esto ya ha acabado. Con el nuevo Reglamento de Extranjería, éste es uno de los nuevos cambios que te afectarán este 2025. ¡Y del que puedes beneficiarte!

Nuevo criterio sobre matrimonios celebrados en el extranjero
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado los Criterios de gestión sobre la obligación de inscripción del matrimonio celebrado en el extranjero en el Registro Civil español.
Según los nuevos criterios establecidos, si te casaste fuera de España con un ciudadano español… ¡Tenemos una gran noticia! Desde ahora, ya NO es obligatorio inscribir tu matrimonio en el Registro Civil español para tramitar tu residencia como cónyuge.
¿Qué criterios se van a tener en cuenta para los matrimonios celebrados en el extranjero?
Esta interpretación legal reconoce que el matrimonio celebrado en el extranjero será válido para Extranjería sin necesidad de registrarlo en España. Sin embargo, para que esto ocurra, debe cumplir ciertos criterios. Estos son los puntos clave:
1. Documento oficial del país de origen.
Tu matrimonio debe estar acreditado por las autoridades competentes de ese país, según la ley personal del cónyuge extranjero.
2. Traducción oficial (si aplica).
¿El documento no está en español? Deberá ser traducido oficialmente conforme a lo establecido por la Ley 39/2015 y otras normativas. Esta traducción debe ser fiel y completa.
3. Legalización o apostilla.
El certificado de matrimonio deberá estar legalizado o apostillado.
4. Vigencia del documento.
No será necesario presentar un certificado actualizado, salvo que Extranjería tenga motivos para dudar de que el vínculo matrimonial sigue vigente. En ese caso, podrían solicitar documentos más recientes.
5. Naturaleza del registro en España.
La inscripción del matrimonio en el Registro Civil español ya no es considerada un requisito obligatorio. Es un acto meramente declarativo. Es decir, no “crea” el matrimonio, solo lo registra. Y su ausencia puede suplirse perfectamente con el acta de matrimonio extranjera, siempre que cumpla con los requisitos anteriores.
En resumen: no hace falta inscribir tu matrimonio extranjero en España para solicitar la residencia como cónyuge de un ciudadano español. Pero sí debes presentar una documentación completa, válida y correctamente legalizada.
¿Necesitas ayuda para preparar estos documentos correctamente? En nuestro despacho estamos especializados en este tipo de trámites y te acompañamos en todo el proceso, paso a paso.