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Arraigo Sociolaboral en España: Todo lo que Necesitas Saber

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El arraigo sociolaboral es una de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Esta permite a personas extranjeras en situación irregular en España regularizar su estatus migratorio, siempre que cumplan ciertos requisitos específicos.

Si llevas al menos dos años viviendo en España y puedes acreditar una relación laboral real y efectiva… Esta puede ser una excelente vía para obtener tu permiso de residencia.

¿Qué es el Arraigo Sociolaboral y para qué sirve?

Esta autorización está destinada a personas extranjeras no comunitarias. Estas personas han permanecido de forma continuada en el país durante un periodo mínimo de dos años. Deben demostrar su integración laboral mediante uno o varios contratos de trabajo.

Este tipo de autorización permite residir legalmente en España durante un año. Además, con la posibilidad de renovarlo o modificarlo posteriormente a otro tipo de permiso más estable.

¿Qué requisitos se necesitan para solicitar el Arraigo Sociolaboral?

Para acceder al arraigo sociolaboral, debes cumplir con los siguientes requisitos esenciales:

  • No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza.
  • No estar tramitando una solicitud de asilo, ni haberlo hecho en los últimos dos años.
  • Acreditar una permanencia continuada de al menos dos años en España.
  • No tener antecedentes penales en España, ni en tu país de origen ni en otros países donde hayas residido los últimos cinco años.
  • Contar con uno o más contratos laborales que:
    • Sumen al menos 20 horas semanales.
    • Garanticen el cumplimiento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al número de horas.
  • Que los empleadores estén al corriente de sus obligaciones tributarias y demuestren solvencia.
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¿Qué documentación necesitas para realizar este trámite?

Al preparar tu solicitud, necesitarás recopilar cuidadosamente toda la documentación exigida por la Oficina de Extranjería. Los principales documentos son:

  • Formulario EX debidamente cumplimentado.
  • Copia del pasaporte en vigor.
  • Evidencias que acrediten tu permanencia en España durante los últimos dos años.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de los lugares de residencia en los últimos cinco años.
  • Contrato de trabajo firmado.
  • Documentación fiscal y legal del empleador que pruebe su capacidad de contratación.

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¿Cómo es el procedimiento?

En nuestro despacho nos encargamos de todo el proceso por ti, de manera que no tengas que preocuparte por citas, trámites ni desplazamientos innecesarios:

  1. Presentación de tu solicitud en la Oficina de Extranjería.
  2. Preparación y pago de la tasa de extranjería correspondiente.
  3. Plazo de resolución: alrededor de 3 meses. Si no hay respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo (aunque es habitual que se demoren más).
  4. Duración inicial del permiso: 1 año, con posibilidad de modificarlo o prorrogarlo.

Preguntas Frecuentes sobre el Arraigo Sociolaboral

¿Puedo solicitar el arraigo sociolaboral si trabajo sin contrato?

No. Es imprescindible contar con uno o varios contratos de trabajo firmados que cumplan los requisitos establecidos. Haber trabajado ilegalmente no es suficiente para acreditar la relación laboral.

¿Qué documentos sirven para demostrar que he estado en España los últimos dos años?

Puedes presentar empadronamientos continuados, facturas, informes médicos, justificantes escolares, transferencias bancarias, o cualquier otro documento que pruebe tu presencia continuada.

¿Cuánto tiempo tengo para darme de alta en la Seguridad Social si me conceden el arraigo?

Tienes el plazo de un mes para darte de alta en la Seguridad Social, desde que se te notifica la resolución favorable.

¿Qué pasa si la Administración no responde en tres meses?

Si no hay notificación en tres meses desde la presentación de la solicitud, se considera denegada por silencio administrativo. Sin embargo,  es normal que las oficinas de extranjería se demoren más de este tiempo. Por esta razón, siempre recomendamos esperar a tener una resolución.

¿Puedo cambiar a un permiso de trabajo normal después del arraigo?

Sí. Al finalizar el año de vigencia del arraigo, puedes modificar tu autorización a una residencia y trabajo inicial si cumples los requisitos.

¿Por qué confiar en Sobre Extranjería para tramitar tu arraigo sociolaboral?

Contamos con una gran experiencia legal especializada en extranjería. Además, ofrecemos asesoría personalizada en cada caso, garantizando el cumplimiento de todos los requisitos para lograr una resolución favorable.

Nuestro objetivo es facilitar tu integración legal y laboral en España de forma segura, rápida y sin complicaciones.

Si quieres que te ayudemos a realizar tu trámite, reserva tu cita con nosotros:

Abogado experto en extranjería e inmigración en Málaga
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